SENAE actualiza el proceso de “duda razonable”: menos tiempo, más control y nuevas reglas en 2026
- Adapaustro

- 27 mar
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El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador ha implementado cambios clave en el proceso de “duda razonable” que impactan directamente a importadores, agentes de aduanas y operadores de comercio exterior.
Estas modificaciones, derivadas de la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2025-0098-RE y reforzadas con actualizaciones publicadas en marzo de 2026, redefinen los tiempos, procedimientos y riesgos operativos dentro del sistema aduanero ecuatoriano.

Reducción de plazos: un cambio crítico para los importadores
Uno de los ajustes más relevantes es la reducción de los tiempos para presentar descargos:
Plazo inicial: 3 días hábiles desde la notificación electrónica
Prórroga: 3 días hábiles adicionales (debe solicitarse dentro del plazo inicial)
Tiempo máximo total: 6 días hábiles
Este cambio exige una reacción inmediata por parte del importador. La falta de respuesta dentro de estos tiempos puede derivar en rechazos por extemporaneidad, afectando directamente la nacionalización de la mercancía.
Digitalización obligatoria a través de Ecuapass
El sistema Ecuapass se consolida como el único canal válido para la gestión documental:
Toda la documentación (facturas, Swift, contratos, etc.) debe cargarse digitalmente
La presentación física queda limitada únicamente a casos debidamente justificados por el técnico aduanero
Este avance reduce tiempos logísticos, pero también incrementa la exigencia técnica en la correcta carga y validación de documentos.

Control a funcionarios: se activan alertas automáticas
Para evitar demoras injustificadas en los procesos:
El sistema ahora genera alertas automáticas si el técnico aduanero no revisa los descargos en el tiempo establecido
El jefe inmediato puede intervenir y finalizar el trámite
Este mecanismo busca reducir costos adicionales para el importador, especialmente en almacenamiento y bodegaje.
Finalización anticipada voluntaria
Se incorpora una herramienta estratégica para el importador:
Ahora es posible renunciar al plazo de descargos y solicitar la liquidación inmediata.
¿Qué implica?
Permite agilizar el retiro de la mercancía
Evita esperar los 3 o 6 días establecidos
Ideal cuando no se dispone de más pruebas o se prioriza la rapidez operativa
Propiedad intelectual: suspensión de plazos
El nuevo enfoque en control de marcas introduce un riesgo importante:
Si la duda razonable está vinculada a posibles infracciones de marca o derechos de autor
Los plazos se suspenden automáticamente
El caso pasa a un análisis jurídico especializado
Esto puede generar retenciones prolongadas de mercancía, especialmente en productos con marcas internacionales, si no se cuenta con la debida autorización.




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